Trabajadores que mantienen un vínculo laboral con la empresa. Se elige la formación según las necesidades del puesto y se revisa la cobertura aplicable.
02 / PRECONTRATO
Antes de una contratación.
Personas sin vínculo laboral con la empresa. Se firma un contrato de capacitación de hasta dos meses; no obliga a celebrar después un contrato de trabajo.
Qué revisar
Contrato firmado, identificación y antecedentes de la empresa; acreditación de vulnerabilidad cuando corresponda. No se celebra más de una vez entre las mismas partes en el año calendario. La documentación requiere revisión y autorización de SENCE.
03 / POSTCONTRATO
Para apoyar la reinserción.
Extrabajadores de la empresa. La actividad debe realizarse dentro de los cinco meses posteriores al término del vínculo laboral.
Qué revisar
Finiquito, carta conductora y última liquidación de sueldo, que no debe superar 25 UTM, según la guía SENCE. Coordina el respaldo y la autorización con la empresa o su OTIC.
Información actualizada el 21 de octubre de 2026. La autorización y el monto final se verifican para cada actividad conforme a las instrucciones vigentes de SENCE.